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El caso de Independiente Santa Fe, una lección que cualquier empresario debería saber.

Hace apenas un par de semanas veíamos cómo los medios de comunicación titulaban: “Santa Fe no podrá usar su nombre: Fallo del Consejo de Estado”[1] o “La pelea judicial que perdió Santa Fe con el centro comercial Santafé”[2].

¿Cómo así? Muy sencillo, el club de futbol capitalino fundado hace mas de 70 años, y como muy seguramente todos lo conocemos “Santa Fe”, apenas hasta el año 2008[3] decidió que quizás era importante proteger el nombre con el cual lo conocen en todos los rincones del país, y más importante aún, con el cual lo reconocen decenas de miles de hinchas en todo el territorio colombiano. Es decir, solo hasta el 2008 las directivas del club presentaron ante la Superintendencia de Industria y Comercio entidad encargada de conceder los registros marcarios en Colombia, la solicitud para proteger la marca nominativa “Santa fe”.

Desafortunadamente para el club, pasó algo que quizás es mas frecuente de lo que muchos podríamos pensar, y es que la superintendencia desde el 2004 había concedido la marca “Santafe” al reconocido centro comercial al norte de Bogotá. Centro comercial que inicio su funcionamiento precisamente desde el año 2004, es decir, en principio el club tenía la oportunidad y la “ventaja” de haber protegido su marca nominativa mucho antes que el centro comercial Santafe, pero por motivos que desconocemos no neutralizaron a tiempo este riesgo y por eso se conoció la noticia de hace unas semanas.

En conclusión, el meollo del asunto giraba entorno a que en virtud del ordenamiento jurídico colombiano y las normas comunitarias de la C.A.N, no es posible que coexistan dos marcas que eventualmente pueden generar riesgo de confusión en los consumidores, esta razón entre otras son las que impedían a la Superintendencia de Industria y Comercio, acceder a la solicitud del club Independiente Santa Fe de registrar su marca nominativa. Después el club intento demandar ante las instancias judiciales correspondientes, pero no tuvo mayor suerte, definitivamente habían perdido el control sobre la marca “Santa fe”.

Desde Lawy, si quisiéramos pensar en un mejor ejemplo para insistirle a las empresas sobre la importancia de proteger el activo intangible más valioso de su organización, es decir: su marca, difícilmente encontraríamos un caso mejor que el caso Santa Fe. Eventualmente y como habrán podido observar en los medios de comunicación, el club y el centro comercial llegaron a un acuerdo para “compartir” la marca. Ya se podrán imaginar cual habrá sido el elevado costo para el club capitalino para que el centro comercial le permitiera hacer uso de la marca que ellos, de manera oportuna, si habían registrado y protegido.


[1] https://deportes.canalrcn.com/futbol/liga-betplay/santa-fe-no-podra-usar-su-nombre-fallo-del-consejo-de-estado-128303

[2] https://www.elespectador.com/noticias/judicial/la-pelea-judicial-que-perdio-santa-fe-con-el-centro-comercial-santafe-en-el-consejo-de-estado/

[3] https://www.elespectador.com/noticias/judicial/la-pelea-judicial-que-perdio-santa-fe-con-el-centro-comercial-santafe-en-el-consejo-de-estado/